SÍNDROME DE DIÓGENES EN CLAVE SOCRÁTICA
El Síndrome de Diógenes es definido como un trastorno caracterizado principalmente por la acumulación de basura y desperdicios, pero ¿qué es basura?
Hoy IBERLEY publica una sentencia del Supremo de fecha 15/09/2021 Sala de lo Civil, aplicando la reciente Ley de medidas de apoyo a las personas con incapacidad.
Se trata de una persona que recogía y acumulaba basura de manera obsesiva, al tiempo que descuidaba su higiene personal. La situación incidía en sus relaciones sociales y vecinales.
Decide el alto tribunal que la situación pone en evidencia la necesidad de medidas de apoyo asistenciales y las acuerda razonando que éstas se deben acordar aún en contra de la voluntad del interesado, no obstante partir del respeto a la máxima autonomía de la persona.
Anoche vi el film El Padre, en dónde a la vista de la confusión del protagonista que no podía distinguir entre el mundo real y el imaginado se decide su internación en una residencia especializada.
En ambos casos, película y sentencia, se intenta atender el necesario cuidado de quién no puede valerse por sí mismo. Para ello se debe hacer un juicio de valor de acuerdo con los parámetros que la ciencia tiene en cada momento y el derecho a la libertad del individuo, que supone la autonomía de sus decisiones. También se debe valorar al individuo como ser social, si su ser urbano requiere un tratamiento distinto del ser aislado.
La frase de la sentencia “también en sus relaciones sociales y vecinales” señalando esa incidencia como parte determinante de la intervención judicial permite pensar si la autonomía de la voluntad (aún con evidentes señales de deterioro) obligaría a respetar a quién tuviese el síndrome de Diógenes en una cueva de montaña aislada.
Dicho en síntesis ¿es más importante el cuidado del perturbado o el cuidado del medio donde se encuentra? Me dirán que ambos deben protegerse, con sentido común.
Pero me pregunto, en un supuesto como el que comentamos, si aplicamos el art. 665 del código civil que dice “Siempre que el demente pretenda hacer testamento en un intervalo lúcido designará el Notario dos facultativos que previamente lo reconozca, y no lo otorgará sino cuando éstos respondan de su capacidad”.
Es decir que el que guarda basura, que es objeto de curatela según la sentencia, y por lo tanto se pudiera asimilar a la categoría de demente, podría testar y dejar, por ejemplo, su basura en herencia.
¿Qué es la basura?
Es lo primero que preguntaría Sócrates en el Ágora a sus contertulios.