Actúe para reducir su IRPF

Verifique si antes de fin de año puede tomar alguna medida para reducir su tributación en el IRPF de 2023.

Actúe para reducir su IRPF

1. Amortice hipoteca

Si usted adquirió su vivienda antes de 2013 y disfruta de la deducción por adquisición de vivienda habitual, calcule las cantidades que ha satisfecho a lo largo del año por los préstamos destinados a dicha adquisición (capital más intereses). Si no llega a los 9.040 euros (importe máximo que disfruta de deducción fiscal), realice una amortización anticipada antes de fin de año hasta alcanzar dicha cifra. Así maximizará su deducción y podrá ahorrar en su IRPF el 15% de las cantidades totales satisfechas.

Al calcular las cantidades que dan derecho a deducción, no olvide incluir las primas anuales satisfechas por los seguros de daños y de vida que el banco le haya obligado a contratar para concederle la hipoteca, así como los desembolsos o cobros derivados de coberturas de tipo de interés.

 

2. Aporte a planes de pensiones

Recuerde también la posibilidad de aportar dinero a su plan de pensiones antes de que finalice el año. De esta forma, reducirá la base imponible de su IRPF en las cuantías aportadas y obtendrá ahorros de hasta el 47% de dichos importes (o incluso superiores, según la comunidad autónoma en la que resida). A estos efectos:

  • En 2023 la aportación máxima al plan de pensiones personal es de 1.500 euros.
  • En el caso de aportaciones a planes de empresa, dicho límite se amplía en 8.500 euros más, de modo que, si usted no hace aportaciones a su plan de pensiones personal, el límite para las aportaciones a planes de empresa es de hasta 10.000 euros.
  • Si usted es autónomo, a partir de este año puede realizar aportaciones de hasta 4.250 euros a los nuevos planes de pensiones sectoriales de autónomos o a los nuevos planes de pensiones simplificados promovidos por asociaciones o federaciones de autónomos, o bien por sindicatos, colegios profesionales o mutualidades en los que sus partícipes exclusivamente sean autónomos. Dichas aportaciones, junto con las que realice a planes de pensiones personales y las aportaciones a planes de pensiones de empresa, no pueden superar los 10.000 euros en conjunto.
  • Asimismo, no olvide que puede aportar hasta 1.000 euros adicionales a un plan de pensiones de su cónyuge si éste no obtiene rendimientos del trabajo o de actividades económicas, o bien si los obtiene por cuantía inferior a 8.000 euros [LIRPF, art. 51.7].

 

3. Venda acciones con pérdidas

Es posible que en este mismo ejercicio usted haya vendido acciones u otros bienes (por ejemplo, un inmueble) que le hayan reportado una ganancia. Pues bien, si tiene acciones que cotizan en bolsa por un importe inferior al de adquisición, plantéese su venta:

  • Las pérdidas incurridas se compensarán con la ganancia, de modo que se ahorrará entre el 19 y el 28% de la cantidad que haya podido compensar.
  • Si después de la compensación todavía queda saldo negativo, podrá compensar ese saldo negativo con determinadas rentas positivas del ahorro hasta el límite del 25% de dichas rentas positivas.
  • Y si después de esta compensación todavía queda saldo negativo, podrá compensar ese saldo negativo en los cuatro años siguientes, por el mismo orden.

Eso sí: para que estas pérdidas sean compensables en los términos indicados, deberá cumplir un requisito: no comprar acciones de la misma compañía en el plazo de los dos meses anteriores o posteriores a la transmisión. Hacienda establece esta cautela para que no se realicen ventas artificiales con la única finalidad de compensar las pérdidas.

 

4. Venta de acciones con ganancias

Si usted arrastra pérdidas patrimoniales por la venta de algún activo pendientes de compensar de años anteriores (por ejemplo, originadas por la venta de un inmueble, acciones, etc.), dispone de cuatro años para compensar dichas pérdidas, como se ha indicado más arriba.

Pues bien, si en 2023 va a finalizar dicho plazo y tiene acciones en bolsa con ganancias latentes, venda dichas acciones antes del 31 de diciembre y vuélvalas a comprar después. La venta le generará una ganancia que podrá compensar con las pérdidas patrimoniales indicadas (pérdidas que, de no existir esta compensación, se hubiesen perdido a efectos fiscales, ya que habrá transcurrido el plazo de cuatro años que establece la ley para su compensación):

  • La recompra de los mismos valores no afecta al cómputo de la ganancia. Como antes se ha detallado, la ley del IRPF impide computar las pérdidas obtenidas cuando hay recompra en los dos meses siguientes, pero no dice nada de las ganancias. Así pues, esta operativa es totalmente legal.
  • Quizá usted piense que no vale la pena actuar de esta forma, ya que, si compensa la pérdida, pagará lo mismo en su declaración de IRPF que si no hace nada. Sin embargo, esta operación le permitirá ahorrar dinero en el futuro: la compra de las nuevas acciones supondrá que éstas tengan un valor de adquisición más alto, de forma que, si más adelante decide venderlas, la ganancia que obtendrá será menor y el impuesto a pagar también.

 

Reduzca su IRPF aportando dinero a su plan de pensiones o efectuando alguna amortización anticipada de su hipoteca. En ciertos casos, también puede obtener ahorros vendiendo acciones antes de fin de año.